Por ley, la prima de servicios equivale a 30 días de salario al año, pagados en dos cuotas de 15 días: 30 de junio y 20 de diciembre. Si no trabajaste el semestre completo, se calcula proporcional.
Por ley (Art. 306 Código Sustantivo del Trabajo), la prima de servicios equivale a 30 días de salario por año, pagados en dos cuotas de 15 días cada una: 30 de junio y 20 de diciembre (Art. 306 CST). Este cálculo no incluye auxilio de transporte por separado ni horas extra habituales — verifica con tu área de nómina si tu salario base los incluye.
Recuérdalo cuando llegue.
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